SOFOM Y SU ALCANCE

El financiamiento permite que los negocios crezcan y la economía se desarrolle. Por lo tanto, contar con un sistema financiero sano y en equilibrio que realice correctamente la intermediación financiera es fundamental para el crecimiento y el desarrollo económico de cualquier país.

Las instituciones son el vehículo para la intermediación financiera. Pueden dividirse en tres grupos: bancos, que aceptan depósitos y prestan recursos; instituciones no bancarias, que realizan una de estas dos funciones; e instituciones financieras e intermediarios, que no aceptan depósitos ni prestan recursos.

En el primer grupo se encuentran los bancos de desarrollo, fideicomisos y fondos de fomento económico, así como los bancos comerciales. En el segundo están las arrendadoras, empresas de factoraje e hipotecarias, además de las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles)y las sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes). Y en tercero, tenemos a intermediarios financieros como casas de Bolsa, aseguradoras y afianzadoras.
Nueva figura

El 18 de julio de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una serie de reformas a diversas leyes mercantiles, entre las cuales destaca la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito (LGOAAC). Estas re formas daban origen a las Sofomes como entidades financieras encaminadas a realizar operaciones de arrendamiento financiero, factoraje financiero y/o crédito para cualquier fin, sin necesidad de tener la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la carga regulatoria.

Las Sofomes nacen como una alternativa de competencia directa a las instituciones bancarias en el mercado de crédito mexicano. La figura que las antecede, las Sofoles (creadas mediante una reforma a la ley de Instituciones de Crédito en 1993), se realizaban operaciones financieras muy restringidas por lo reducido de su espectro de atención en el mercado de créditos en el país. Sólo podían otorgar recursos para la adquisición o financiamiento de un bien o servicio especifico y ya no hacer frente a sus competidores bancarios.

Para generar mayor competencia en el mercado de créditos y reducir las tasas de interés activas de los créditos y las comisiones, el gobierno federal otorgó beneficios regulatorios a las Sofomes, las cuales clasificó en dos grupos:

1 Sofomes Reguladas (Sofomes ER). Mantienen vínculos patrimoniales (control) con bancos o grupos financieros y están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y a la regulación aplicable a entidades bancarias.

2 Sofomes No Reguladas (Sofomes ENR). No mantienen vínculos patrimoniales (control) con bancos o grupos financieros y no están sujetas a la supervisión de la CNBV.

A diferencia de las instituciones bancarias tradicionales, a la Sofomes ENR no se les aplican normas financieras relativas a requerimientos de capital, límites de tenencia accionaria o estructura corporativa, entre otras. Además de los beneficios financieros, cuentan con una serie de ventajas fiscales y procesales.
Las fiscales incluyen considerar al interés como la ganancia derivada de los derechos de crédito adquiridos. Pero a su vez al ser considerados integrantes del sistema financiero, sus operaciones son habituales y denominadas operaciones de crédito y no comerciales. Las Sofomes no pagan impuestos al activo respecto a sus activos productos de intermediación financiera. Otro beneficio fiscal es que los intereses y accesorios no son sujetos de IVA, al ser vistos como parte del sistema financiero mexicano.
Las ventajas procesales incluyen que los contratos son de consten sus créditos sean títulos de crédito y por consiguiente, un estado de cuenta certificado por su contador será considerado título ejecutivo mercantil. Así, el mismo no requerirá un reconocimiento de firma. De esta manera, un juez puede dictar un embargo del colateral a favor de la financiera sin esperar una sentencia en firme. Una segunda ventaja procesal es que sus créditos podrán ser cedidos sin necesidad de notificación del deudor o registro en escritura pública, lo cual facilita vender su cartera y disponer de un proceso de bursatilización a un costo menor.

Otra ventaja de las Sofomes consiste en la posibilidad de una rápida constitución como sociedad mercantil con un capital mínimo de 50 mil pesos.

Las Sofomes ER están vinculadas a una institución de crédito y, en consecuencia, se les aplican las normas bancarias y están sujetas a la supervisión de la CNBV.

Por su parte, las Sofomes No reguladas pueden operar sin necesidad de cumplir los ordenamientos de la Ley de Instituciones de Crédito. Por consiguiente , no requieren de una capitalización y diversificación mínima de riesgos crediticios para operar ni presentar en tiempo y forma su información financiera al regulador. Tampoco necesita realizar los ordenamientos de las normas contra el lavado de dinero.

De acuerdo con cifras generadas por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), el número de Sofomes Reguladas es de 20, mientras que las Sofomes No Reguladas suma mil 97. Esto las convierte en las instituciones financieras más populares en el país.